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Procedimiento de reclamaciónLa presentación de reclamaciones ante el Defensor Universitario por cualquier miembro de la comunidad universitaria se realizará cumplimentando el impreso que será facilitado por la propia Universidad, concretando con suficiente claridad los hechos que originan la queja y la petición que se formula al Defensor, pudiendo igualmente solicitar entrevista personal con el mismo. DESCARGARLas reclamaciones que se dirijan al Defensor Universitario deberán versar sobre cualquiera de estas materias:
Recibida la reclamación, se procederá a su registro, asignándole un número de expediente y otorgando al interesado acuse de recibo.
De igual forma, y en el plazo anteriormente indicado, una vez practicada la actividad instructora pertinente, podrá dictar una resolución no admitiendo a trámite la reclamación formulada al efecto, por estar incursa en alguno de los siguientes supuestos:
En el caso de que la complejidad del caso o la práctica de las pruebas así lo requiera, el plazo para dictar resolución podrá ampliarse. Las resoluciones de los procedimientos de reclamación serán notificadas al reclamante y a aquellos otros órganos de la Universidad que el Defensor estime oportuno para el mejor cumplimiento de sus funciones; lo mismo sucederá con los informes parciales. En cualquiera de los casos el Defensor del Universitario tendrá obligación de elaborar un informe anual de su actuación. |